La Factura Electrónica en Línea (FEL) es el documento que la SAT ha ido implementando paulatinamente, obligando a algunos sectores o algunos contribuyentes en específico, que ya sea por el volumen de documentos que emiten mensualmente o por los ingresos que percibe, a incorporarse al uso de la Factura Electrónica en Línea y derivado de esta medida que ha tomado la Superintendencia de Administración Tributaria se tienen que observar algunas situaciones como las siguientes:
- Las facturas autorizadas antes del 09 de enero de 2013, quedaron sin vigencia desde el 01 de enero de 2020, según las reformas al reglamento de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), implementadas por medio del Acuerdo Gubernativo 222-2019, publicado en el 11 de noviembre 2019.
- Las facturas vencidas no podrán utilizarse ni para reclamar crédito fiscal, ni para deducir el gasto, aunque actualmente se ha tenido un poco de flexibilidad en cuanto a este tema derivado del Criterio del Directorio No. 01-2021.
- Los contribuyentes deberán solicitar una nueva autorización para incorporarse al régimen FEL, debiendo proceder a anular los documentos preimpresos con que cuente y deberá conservarlos por el plazo de la que indica el Código Tributario (4 años).
- Los documentos que se autoricen por otro medio que no sea el electrónico, tendrán una vigencia de solo 6 meses contados a partir de la fecha de resolución de la autorización.
- A partir del 01 de julio de 2020 quedaron sin efecto todos los documentos autorizados bajo el régimen FACE, que no contaban con ningún plazo de vigencia debiendo solicitar una nueva autorización o incorporarse al Régimen FEL.
- Todo contribuyente que aún cuente con facturas impresas vigentes puede incorporarse a la FEL. Cuando se le terminen pueden seguir utilizando en papel, pero la vigencia será de seis meses, posterior a ello puede solicitar la autorización para otros seis meses, hasta que llegue el momento que ya no se autorizarán y deberán emitir solo FEL.
- A partir del 01 de julio de 2021 todos aquellos contribuyentes de nueva inscripción están obligados a afiliarse al Régimen FEL. Para el año 2,023 la SAT espera que todos estén incorporados al régimen FEL.
Ventajas de la Factura Electrónica en Línea (FEL):
- No tiene costo de impresión
- Todo es electrónico y más rápido
- No pierden vigencia
FUENTE: Lic. René Mejicanos MsT. Experto en Tributación e Impuestos Orantes & Asociados